Por naturaleza, el derecho irrenunciable y la responsabilidad de la educación de los alumnos corresponde a sus padres, a quienes el colegio ayuda en su tarea indelegable de primeros y fundamentales educadores, conscientes de que, por grande que pueda ser la influencia educativa del centro, no tiene la hondura, ni la extensión, ni la continuidad del ambiente familiar.
La familia es el ámbito propio del desarrollo más profundo de la persona: las actitudes más radicales ante la vida, la formación moral y religiosa, el uso responsable de la libertad y, en general, la orientación y el cultivo de la personalidad se educan principalmente en el seno familiar. Allí, la persona recibe los primeros y más decisivos estímulos para el desarrollo sensorial, lingüístico, intelectual y físico. Familia y colegio se necesitan mutuamente, aunque el protagonismo y la principal responsabilidad la tiene la primera.
La responsabilidad de los padres en la educación de sus hijos abarca todos los aspectos de ésta. También su aprendizaje, en cuanto esta actividad es un medio fundamental para la formación de la inteligencia y la voluntad, de la persona. El colegio que responsablemente eligen los padres para sus hijos haciendo uso de su derecho es un complemento educativo de la familia, nunca un sustituto. Ni siquiera la formación intelectual es tarea exclusiva de la escuela, aunque lo sea preferentemente, sino que ⎯también en este campo⎯ la familia tiene su responsabilidad: la creación y mantenimiento de una cultura familiar, en el más pleno sentido del término cultura, cultivo intelectual mediante la comunicación, la ayuda y el aliento mutuo en un ámbito de seguridad, de amor y aceptación.
Cuando familia y colegio son dos ámbitos equilibrados y coherentes en valores, se están sentando las bases más firmes para una educación de calidad.
Corresponde al centro educativo, en primer y principal lugar, ayudar a los padres de los alumnos para que puedan ser de hecho lo que les corresponde por derecho: los primeros y principales educadores de sus hijos. Originariamente, los padres ⎯el matrimonio en común⎯ son los únicos que tienen el derecho y deber de educar a sus hijos. Los profesores participan de este derecho-deber subsidiariamente, en la medida que los padres realizan este encargo al centro educativo, sin dejar por ello su responsabilidad. Son los padres quienes han de proponer las metas educativas para sus hijos, quienes trazan las líneas maestras de un auténtico proyecto educativo personal: ¿Qué quiero para mi hijo? ¿Cómo lo quiero educar? En la práctica, empiezan a responder a esas preguntas cuando eligen un determinado tipo de centro educativo para sus hijos.
Cuanto más consciente, perseverante y coherente sea la acción educativa familiar, mayor será su influencia en la formación de sus hijos. Cuando falta esta vida educativa familiar, se producen importantes carencias en el desarrollo. El tiempo compartido es muy importante para el desarrollo equilibrado de los hijos y para la construcción de una vida familiar sana. La relación a la que hacemos referencia supone, ante todo, dedicar tiempo a los hijos, y en esta dedicación es más importante la calidad que la cantidad.
Por todas estas razones, interesa facilitar y fomentar desde el centro educativo la implicación de los padres en la educación de sus hijos, ofreciéndoles ocasiones y seguridad sobre sus enormes posibilidades educativas. Esta tarea se plantea como objetivo primordial de toda la actividad de los profesores: ofrecer a los padres ocasiones y medios de actuar educativamente con sus hijos, en su ámbito propio, el ambiente familiar, con su buen ejemplo y compartiendo el tiempo con los hijos en actividades realmente educativas y enriquecedoras para toda la familia.
Comentarios