Esta figura es de obligada presencia en todos los centros educativos a partir del próximo 1 de septiembre de 2022, de conformidad con la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. En cuanto a las funciones, se reproducen, con ligeras alteraciones, las ya previstas por la LO 8/2021, indicando las siguientes: Coordinar con la dirección del centro educativo el plan de convivencia. Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños, niñas y adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos. Fomentar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos. Fomentar el respeto a los alumnos y alumnas con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad. Identificarse ante los alumnos y alumnas, ante el personal del centro educativo y, en general, ante la comunidad educativa, como referente princ...